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Coronavirus en Ibiza: Medidas económicas para paliar la crisis

Coronavirus: El Gobierno ha anunciado medidas económicas para contrarrestar los efectos de la cuarentena durante el Estado de Alarma, te las contamos aquí!!

Coronavirus: El Gobierno ha anunciado medidas económicas para contrarrestar los efectos de la cuarentena durante el Estado de Alarma, te las contamos aquí!!

Vivimos en una isla que depende casi exclusivamente de la temporada turística. Ante la crisis repentina que estamos viviendo, algo absolutamente insólito, se ha paralizado el comienzo de la temporada en la isla, que ya estábamos todos preparando. Casi todos los trabajadores de Ibiza dependemos del turismo directa o indirectamente.

Y ante la cuarentena obligatoria decretada por el Gobierno con el Estado de Alarma, muchas empresas y negocios de la isla, como del resto de España, se han visto obligados a cerrar. ¿Y ahora qué? Gastos de alquiler, nóminas, impuestos, gastos de material…Las empresas y trabajadores se ven ante una tormenta perfecta. Con intención de paliar los efectos de la crisis, el Gobierno ha anunciado una serie de medidas económicas destinadas a ayudar a unos y otros. Aquí te las explicamos resumidas.

Plan de Choque Económico ante el Coronavirus

El Gobierno anuncia el martes 17 de marzo de 2020 un Plan de Medidas Económicas ante la crisis desatada por el Coronavirus y el Estado de Alarma. Algunos de los puntos más importantes son:

Cuestiones Generales:

Se prohíbe cortar agua, luz y gas a los hogares.

Moratoria (=aplazamiento) en el pago de hipotecas durante el periodo de crisis. Se garantiza el derecho a la vivienda, en especial de los más vulnerables. Nadie será desahuciado durante esta crisis.

-Se destina una importante partida presupuestaria para la atención sanitaria, sobre todo para los mayores y los más vulnerables.

-Se destinan 300 millones de euros a ayudas sociales.

-Se garantizan los servicios de telecomunicaciones.

-Se destinan 30 millones de euros para investigar una vacuna.

Trabajadores autónomos:

Aplazamiento de impuestos excepcional para autónomos y pymes. Se podrán aplazar hasta un máximo de 6 meses las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación finalice entre el 13 de marzo de 2020 y el día 30 de mayo de 2020, ambos incluidos.

-Atención, los 3 primeros meses no se aplicarán intereses de demora.

¿Qué impuestos se pueden aplazar?

-Pagos fraccionados de IRPF: Modelos 130 y 131.
-Declaración trimestral de IVA: Modelo 303.
-Pago fraccionado del impuesto de sociedades: Modelo 202.
Retenciones e ingresos a cuenta declarados en los modelos 111,115 y 123.

Podrás dejar de pagar la cuota de autónomo si tus ingresos se reducen a causa de la crisis y la paralización económica. Esto será compatible con la solicitud de la prestación por cese de actividad.

Si cierras tu negocio, puedes solicitar la prestación por cese de actividad, el llamado “paro de los autónomos”, si has cotizado los 12 meses continuados anteriores al cierre, y por causa voluntaria. Esto será compatible con la exención del aplazamiento de impuestos y con la aprobación de un ERTE si tuvieras trabajadores a cargo y tuvieras que acogerte a él.

-Si tienes trabajadores a cargo también podrás acogerte a ERTE.

Trabajadores por cuenta ajena:

-Derecho a no ser despedidos durante el periodo de cuarentena.

-Derecho a mantener su alta en la Seguridad Social, que solo podrá ser dada de baja con los procedimientos legalmente establecidos (ERTE). La idea es que no cabe despido.

-Si te ves afectado por un ERTE percibirás un 75% de su sueldo bajo el formato de una prestación por desempleo que gestiona el Servicio Estatal de Empleo Público (SEPE), aunque no cumplieras los requisitos para ello antes de desatarse la crisis. Además, ese tiempo consumido de paro no contará como gastado (cuando vuelvas a trabajar, tendrás el “contador a cero”).

-Desde el momento de afectarte un ERTE tienes derecho a cobrar la prestación por desempleo, incluso aunque no hayas cotizado el mínimo.

-Tienes derecho al teletrabajo, siempre que sea posible. El teletrabajo no modifica los salarios y derechos de los trabajadores.

-Derecho a la flexibilización y reducción de la jornada laboral, hasta un 100%, cuando tengas que cuidar a personas a cargo, sin que puedas ser despedido por ello. Por ejemplo, cambios de turno, alteración de horarios, horario flexible, jornada partida o continuada, cambio de centro de trabajo o de funciones, cambio en la prestación del trabajo (incluyendo el teletrabajo) o cualquier otro cambio disponible en la empresa que pueda implantarse de modo razonable y proporcionado.

-Derecho a prestación extraordinaria de la Seguridad Social para aquellos progenitores que tienen que quedarse con sus hijos.

-Tienes derecho a que no te modifiquen las vacaciones sin pactarlo.

-La empresa tiene que informarte en todo momento de las medidas que adopte en relación a tu situación actual.

-Se establecen beneficios específicos para los fijos-discontinuos, trabajadores a tiempo parcial y cooperativistas en prestaciones por desempleo.

Empresarios:

-Se facilitarán y agilizarán las consultas o dudas.

-Flexibilización de los Expedientes Temporales de Regulación de Empleo (ERTE), que se resolverán en un plazo máximo de 7 días.

-Cuando una empresa se haya visto obligada a cerrar por orden gubernativa o por caída de producción se pueden aprobar ERTE acelerados y con efectos retroactivos por causa de fuerza mayor. Se pide tranquilidad y no tramitar bajas de forma precipitada. El Gobierno y el Govern vigilarán que no se realicen despidos no autorizados.

-Se establecen créditos masivos a empresas y pymes, a través de, entre otros, el ICO, a un tipo de interés muy reducido, además de medidas para reestructurar los créditos. Habrá una línea de avales públicos de 100.000 millones de euros.

Tienes que seguir pagando las cotizaciones de la Seguridad Social de tus trabajadores mientras dure el ERTE.

-Si continúas con tu actividad debes garantizar la seguridad y salud laboral de tus trabajadores.

-Se garantizará al tejido empresarial por parte del Estado toda la liquidez que precise para continuar su actividad.

Blindaje de empresas para protegerlas de posibles OPAs extranjeras. Para impedir que empresas extranjeras puedan hacerse con el control de empresas aprovechando la caída de sus acciones durante la crisis.

-Se pondrán en marcha varios programas de digitalización para facilitar la implantación del teletrabajo en las empresas.

Parados:

-Si estás recibiendo la prestación por desempleo (el paro) te la renuevan automáticamente, sin que tengas que acudir a sellar a la oficina del SOIB.

-Todas las gestiones se atenderán telemáticamente.

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